El Grupo Parlamentario del PRD en el Congreso del Estado propuso adicionar el Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado para que, en el caso del personal de instituciones policiales, no proceda su reinstalación o restitución, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido en contra de violaciones procesales, formales o de fondo en el procedimiento administrativo de separación.
Al presentar la iniciativa, el coordinador del Grupo Parlamentario, diputado
Raymundo García Gutiérrez, destacó que actualmente la federación, estados y
municipios se han enfrascado en un cúmulo de demandas por parte de elementos policiacos
que han sido dados de baja, alegando que estos procedimientos son insuficientes
y ausentes de las garantías de audiencia y legalidad.
Indicó que esto origina
que los tribunales del ámbito administrativo condenen a las entidades
policiales a pagar prestaciones laborales que terminan siendo una merma a los
recursos públicos, propiamente de los destinados a la seguridad pública.
Explicó que a los
miembros de las corporaciones de seguridad pública se les considera como una
relación administrativa y no como laboral, por lo que los tribunales a los que
les corresponde resolver son diversos, ya que en la mayoría de las
legislaciones se establecen deberes y organización de su personal, pero es
escasa la normatividad relacionada a los derechos en los casos de terminación
de la relación laboral administrativa.
Resaltó que la
Constitución Política limita o prohíbe al personal que hubiera sido separado de
su cargo, justificado o no, que pueda regresar o ser reinstalado, ni por
mandato de los tribunales administrativos que determinaran que fue ilegal o sin
justificación dicha terminación de servicio; sin embargo, al reclamar éstos sus
derechos o la reparación del daño, es un problema determinar qué conceptos
entraban y cuáles no para su cuantificación y pago, al no existir suplencia de
ninguna legislación.
Por lo anterior, García Gutiérrez considera que es necesario
legislar para la debida regulación de estos procesos de separación, baja y cese
de los elementos policiales, y a partir de ello mejorarlos, creando un marco
jurídico que ayude tanto a las entidades encargadas de la seguridad pública
como a los derechos de los elementos policiacos.
El legislador propone, además, especificar que el estado y los
municipios sólo estarán obligados a pagar la indemnización correspondiente, que
constará de tres meses de salario, 20 días por año laborado, y lo que resulte
de los proporcionales del último año en que prestó sus servicios por concepto
de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y demás prestaciones que el personal
acredite que se pactaron expresamente.
Esta
iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia del Congreso para su
correspondiente análisis y dictaminación.