El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guerrero, organismo cuyo propósito es garantizar, promover, respetar y proteger los derechos de las y los justiciables en las controversias laborales.
Al fundamentar el dictamen, el diputado Joaquín Badillo Escamilla, en su calidad de integrante de la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, refirió que este organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotado de plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, es para ofrecer el servicio público gratuito de conciliación laboral para la resolución de conflictos entre personas trabajadoras y patrones en asuntos del orden local.
Además, procurará el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, con competencia para substanciar el procedimiento de conciliación, conforme lo establece el párrafo segundo de la fracción XX del artículo 123 apartado A de la Constitución General.
Agregó que la propuesta es el inicio de una serie de reformas para eficientizar los servicios que proporciona el Poder Judicial y garantizar una mejor justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva sin distinción partidaria, con el propósito de iniciar una transformación cualitativa tendente a lograr la justicia laboral con carácter de índole social, humano, perspectiva de género y equidad.
En el documento se especifica que dicho Centro será sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Previsión social y tendrá su domicilio legal en la Ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, y para el cumplimiento de su objeto, sus delegaciones contarán con una competencia territorial.
Por último, Badillo Escamilla precisó que con esta reforma se modernizan los procesos de impartición de justicia laboral y los conflictos laborales entre patrones y trabajadores se sustanciarán en los tribunales del Poder Judicial, en lugar de las Juntas de Conciliación y Arbitraje que dependían del Poder Ejecutivo federal o local.
Asimismo, se vuelve obligatorio que las partes en conflicto asistan a una instancia conciliadora antes de iniciar un proceso judicial ante los tribunales laborales, garantizando que se cuenta con una instancia especializada, técnica e imparcial responsable de la etapa de conciliación entre los trabajadores y el patrón, basado en un sistema de justicia laboral innovador que brinda certeza jurídica a las personas trabajadoras y a los patrones.